
Crédito de Consumo Prioritario
Otorgado a personas naturales, destinado a la compra de bienes, servicios o gastos no relacionados con una actividad productiva, comercial y otras compras y gastos no incluidos en el segmento de consumo ordinario, incluidos los créditos prendarios de joyas.
Requisitos Persona Natural
- Teléfono y dirección: registrados y verificados (con antigüedad no mayor a 6 meses)
- Solvencia moral y buró de crédito adecuado
- Copias de cédulas deudor y cónyuge (de ser el caso) y papeleta de votación
- Copia de respaldos patrimoniales
- Referencias bancarias y/o tarjetas de crédito
- Planilla de servicios básicos
- Dependientes
- Certificado de ingresos con estabilidad laboral mínimo 2 años
- Independientes
- Copia de RUC, mínimo 1 año activo
- Declaración de Impuesto a la Renta del último año (formulario 102)
- Estados de cuenta
Requisitos Persona Jurídica
- Presentación de la cédula de ciudadanía o identidad y del certificado de votación del representante legal y presidente.
- Copia de la escritura de constitución y última reforma de estatutos de la empresa.
- Copia del nombramiento del representante legal de la empresa.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones extendido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
- Acta de la Junta de socios de la empresa en la que se aprueba solicitar el crédito, detallar garantías y autorizar al representante legal que lo tramite.
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